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La Junta toma medidas fitosanitarias para combatir la aparición de topillos en algunas zonas de la Comunidad

Acuerda llevar a cabo un paquete integral de medidas para evitar que se extiendan a otras comarcas, entre las que se incluyen el arado profundo en las parcelas, la quema de rastrojos, el control biológico de la plaga y la utilización de sistemas de trampeo y producto rodenticida

La Consejería de Agricultura y Ganadería ha informado esta mañana al Consejo de Gobierno del acuerdo por el que se declara oficialmente la existencia de topillos campesinos en algunas zonas de la Comunidad y para combatirlo se han declarado aplicables todas las medidas fitosanitarias permitidas.

El sistema de vigilancia y control de la población de topillos previsto en el Plan Director Contra las Plagas Agrícolas de Castilla y León, implantado por la Consejería de Agricultura y Ganadería, detectó un incremento demográfico de las poblaciones de topillo campesino en algunas zonas de la Comunidad. Por lo que se ha intensificado la  vigilancia sobre la evolución de los topillos con evaluaciones extraordinarias en toda la Comunidad. El seguimiento continuo a través de este sistema de vigilancia ha permitido informar a los grupos de expertos vertebrados perjudiciales en agricultura de las comunidades autónomas y del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y al comité científico que asesora a la Consejería el pasado mes de octubre.

Las zonas en las que se ha detectado presencia de topillos son las comarcas de Campos, Pisuerga, Esla-Campos, Sahagún, Tierra de Campos y Campos-Pan, pero también en otras como Peñaranda de Bracamonte. Para reducir o eliminar la presencia de topillos y evitar que se extiendan a otras zonas de Castilla y León las medidas fitosanitarias aprobadas son las siguientes:

Se informará a los titulares de las explotaciones afectadas sobre las prácticas y recomendaciones básicas de manejo agrario que pueden prevenir los riesgos que los topillos implican para sus cultivos; se deberán llevar a cabo prácticas de cultivo limitantes para el desarrollo de las poblaciones de topillo, como el laboreo de terreno o las rotaciones con cultivos poco favorables a la plaga; se mantendrá limpia la cubierta vegetal en vías de dispersión (cunetas, lindes, regatos, desagües) utilizando las técnicas necesarias, entre ellas, la quema de la cubierta vegetal; se practicará la remoción del terreno en profundidad, de parcelas abandonadas de cultivo, perdidos, barbechos, praderas, alfalfas y otros cultivos herbáceos; y el arado profundo de los rastrojos después de la recolección de la cosecha; estará permitida la quema de rastrojos en parcelas, barbechos, perdidos y otro tipo de reservorios próximos; el control biológico a través de sus depredadores naturales para lo que se instalarán cajas nido o posaderos para rapaces en las zonas a proteger y se permitirá el uso de sistemas de trampeo que garantizará que no se vean afectadas otras especies y la utilización de producto rodenticida.

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