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Aprobadas subvenciones de 2 millones de euros destinadas a la obtención de avales para adquisición de maquinaria agrícola

Las ayudas cubrirán hasta el 100% del coste de los avales concedidos por SAECA a explotaciones agrarias y empresas de servicios agrarios que suscriban créditos para adquirir maquinaria agrícola nueva

A partir de hoy, 7 de marzo, está abierto el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) por parte de titulares de explotaciones agrarias o empresas de servicios que garanticen préstamos para financiar la adquisición de maquinaria agrícola. El presupuesto de la convocatoria, cuyas bases se publicaron el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado 5 de marzo, es de 2 millones de euros, financiados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

 El objetivo de estas subvenciones, reguladas por el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, es promover la renovación del parque de maquinaria agrícola mediante la mejora del acceso al crédito ligado a la adquisición de maquinaria nueva, contribuyendo así a la reducción los costes de producción, la mejora de las condiciones de seguridad en el trabajo y a la incorporación de las mejores prácticas agrarias desde el punto de vista medioambiental.

El plazo de presentación de las solicitudes comienza hoy, 7 de marzo, y permanecerá abierto 4 meses

 Las ayudas se conceden en régimen de concesión directa por riguroso orden de presentación de las solicitudes. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación subvencionará el coste del aval por un importe de hasta 100.000 euros durante los 10 primeros años del crédito avalado, con la posibilidad de uno de carencia.

Los costes del aval subvencionados incluyen el correspondiente a la comisión (1,15% del saldo vivo del crédito durante todos los años de vigencia del mismo) y el correspondiente a la comisión de estudio (0,5% del importe solicitado, que se paga una sola vez al inicio del crédito).

La maquinaria adquirida deberá estar incluida en el grupo de máquinas de obligatoria inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola. Ello incluye, entre otras máquinas, tractores, remolques agrícolas, cisternas para el transporte y distribución de líquidos, equipos de tratamientos fitosanitarios o de distribución de fertilizantes, remolcados o suspendidos, esparcidores de purines y accesorios de distribución localizada de purines.

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