Los vehículos agrícolas que superen los 40 Km/hora deben pasar su primera ITV a los cuatro años
Según la nueva regulación, tras la primera ITV, este tipo de vehículos deberá someterse a una inspección cada dos años hasta que cumplan los 16 de antigüedad; y cada año a partir de ese momento Los vehículos agrícolas y forestales que puedan circular a una velocidad