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Se inicia el trámite para la declaración de sequía en la Cuenca del Duero

Se realizará por el procedimiento de urgencia y, una vez aprobado en Consejo de Ministros, permitirá al Gobierno aplicar medidas excepcionales para paliar los efectos de la sequía en la zona

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha iniciado el trámite de información pública del Real Decreto de sequía para la cuenca del Duero. El Real Decreto se someterá a información pública en la página web del Ministeriode acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Esta medida se ha adoptado como consecuencia de la escasez de precipitaciones y del descenso de los recursos hídricos embalsados, que han provocado que el estado global de la cuenca del Duero se encuentre en situación de alerta tras cuatro informes mensuales negativos elaborados por la Confederaciones Hidrográfica, el último de 4 de abril.

De acuerdo con el estado actual de los indicadores establecido en el Plan de Sequía, se dan las circunstancias para que el Gobierno tramite la aprobación de un Real Decreto que posibilite la adopción de medidas extraordinarias de gestión para distribuir los recursos hídricos existentes mediante restricciones que afectarán por igual a los distintos usos, manteniendo la prioridad absoluta que la Ley establece para el abastecimiento de la población.

En la cuenca del Duero, adicionalmente, el Real Decreto permitirá un reparto equilibrado de los recursos hídricos disponibles como consecuencia de la situación de sequía extraordinaria.

Las medidas necesarias en materia de gestión de sequía están sujetas al “Plan Especial de actuación en situaciones de alerta y eventual Sequía del Duero (PES)”, lo que permite anticiparse para distribuir los recursos hídricos disponibles.

DESCENSO DE AGUA EMBALSADA Y DE PRECIPITACIONES

Actualmente, la reserva de agua embalsada en la cuenca del Duero es de un 55,2%, 36 puntos por debajo del estado en el que se encontraba el año pasado, cuando los embalses se encontraban al 91,2% de su capacidad.

Tomando el periodo de referencia de los últimos 6 meses, el valor medio de precipitación acumulada estaría en un porcentaje del 61 por ciento con respecto a los valores normales de la serie histórica referenciada al periodo 1981-2010. Es decir, se ha dado en valor medio una disminución de precipitación acumulada en ese periodo para la zonas geográficas de la cuenca hidrográfica del Duero del 39 por ciento.

MEDIDAS

En lo que afecta a los abastecimientos, la situación actual permite considerar que está garantizado. Su prioridad está, además, reconocida por Ley. Respecto al regadío, el Organismo de cuenca tiene otorgada por Ley (artículo 55 del texto refundido de la Ley de Aguas) la facultad de llevar a cabo restricciones por la falta de agua embalsada. Restricciones que ya se han determinado y puesto en práctica en las diferentes zonas a las que se suministra desde los embalses mediante canales: Carrión, 2/3 partes y Pisuerga a la mitad.

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